¿Por qué abrir la liquidación antes del concurso sin masa?

Introducción

En este artículo profundizaremos en el análisis de la Resolución de 2 de octubre de 2024 emitida por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJyFP), recogida en el BOE, que aborda una cuestión central en el ámbito concursal: la posibilidad y conveniencia de abrir la liquidación societaria antes de solicitar el concurso sin masa. Este debate adquiere especial relevancia para garantizar una correcta liquidación de activos residuales y proteger tanto a los socios como a los acreedores de la sociedad.

Contexto de la Resolución de 02.10.2024

La Resolución resuelve un recurso interpuesto por una sociedad a la que se le había denegado la inscripción de la escritura de disolución debido al cierre provisional de su hoja registral, declarado en el marco de un concurso sin masa. Este procedimiento se da cuando los activos de la sociedad son insuficientes para cubrir siquiera los gastos del proceso concursal.

La Dirección General confirmó que, incluso en estas circunstancias, la personalidad jurídica de la sociedad no se extingue automáticamente. Se subraya la necesidad de que persista un marco operativo mínimo para gestionar relaciones jurídicas y patrimoniales pendientes, de acuerdo con la doctrina jurisprudencial y con fundamentos como el artículo 485 del Real Decreto Legislativo 1/2020 (Texto Refundido de la Ley Concursal).

Análisis de la Resolución

1. Personalidad jurídica residual

La Resolución establece que la cancelación registral no extingue automáticamente la personalidad jurídica de una sociedad. Esta permanece vigente de forma limitada para completar operaciones de liquidación de activos, gestionar deudas o resolver relaciones jurídicas, tal y como recoge la doctrina del Tribunal Supremo y previas resoluciones de la propia Dirección General.

2. Responsabilidad y liquidadore

Cuando se acuerda la liquidación, los administradores pueden convertirse en liquidadores, según lo establecido en los estatutos o mediante acuerdos de la Junta General. Esto asegura que la sociedad tenga representación adecuada para llevar a cabo actos necesarios, como la venta de bienes residuales o la resolución de contratos.

3. Coordinación entre registro y juzgado

El artículo 485 del TRLC contempla un cierre provisional del registro mercantil, que solo se convierte en definitivo si, tras un año, no se reabren los procedimientos. Este mecanismo permite gestionar situaciones en las que surjan nuevos bienes o deudas no previstas.

Ventajas de acordar la liquidación antes del concurso sin masa

  • Evitar responsabilidades legales: Un proceso de liquidación previo bien estructurado puede demostrar diligencia por parte de los administradores y protegerlos frente a impugnaciones.
  • Claridad operativa: Facilita la gestión de los activos residuales y minimiza riesgos de conflicto con acreedores.
  • Flexibilidad jurídica: Garantiza que la sociedad pueda seguir gestionando sus relaciones jurídicas hasta la extinción real.

Riesgos a considerar

  • Costes adicionales: La liquidación puede generar gastos en un contexto ya financiero comprometido.
  • Impugnaciones: Si el proceso no es exhaustivo, podría dar lugar a reclamaciones por parte de acreedores o socios.

FAQ's (Preguntas Frecuentes)

¿Qué es un concurso sin masa?

Es un procedimiento concursal en el que no existen suficientes activos para cubrir los costes del proceso, lo que conlleva el cierre provisional del registro y una extinción acelerada de la sociedad.

¿Es obligatorio abrir la liquidación antes del concurso sin masa?

No, pero puede ser recomendable para garantizar una gestión más clara de los activos y minimizar riesgos legales.

¿Qué ocurre con los acreedores si no hay activos suficientes?

La personalidad jurídica residual permite gestionar bienes o derechos que puedan surgir tras la cancelación provisional para atender deudas pendientes.

¿Qué papel juegan los liquidadores?

Son los encargados de gestionar los activos residuales de la sociedad, representándola legalmente hasta su extinción definitiva.

¿Cómo afecta la Resolución de 2024 a futuros casos?

Establece un precedente clave para interpretar el marco legal sobre concursos sin masa, reforzando la necesidad de considerar la liquidación como un paso previo en ciertos contextos.

Conclusión

Abrir la liquidación societaria antes de solicitar el concurso sin masa puede ser una estrategia eficaz para garantizar una disolución ordenada, siempre que se sigan los cauces legales y se cuente con el asesoramiento adecuado. Como señala la Resolución de la DGSJyFP, este procedimiento no solo salvaguarda los intereses de acreedores y socios, sino que también aporta una mayor seguridad jurídica al proceso.

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